{"id":646,"date":"2026-09-02T20:05:08","date_gmt":"2026-09-02T20:05:08","guid":{"rendered":"https:\/\/sarandidigital.com\/uy\/?p=646"},"modified":"2026-09-02T20:05:08","modified_gmt":"2026-09-02T20:05:08","slug":"la-tala-de-mas-de-70-arboles-del-parque-las-autorizaciones-y-el-dano-ambiental-cronicas-de-construccion-de-un-espacio-para-baby-futbol","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sarandidigital.com\/uy\/la-tala-de-mas-de-70-arboles-del-parque-las-autorizaciones-y-el-dano-ambiental-cronicas-de-construccion-de-un-espacio-para-baby-futbol\/","title":{"rendered":"La tala de m\u00e1s de 70 \u00e1rboles del Parque, las autorizaciones y el da\u00f1o ambiental: cr\u00f3nicas de construcci\u00f3n de un espacio para baby f\u00fatbol"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><a href=\"https:\/\/sarandidigital.com\/uy\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Asi-luce-hoy-el-predio-de-Barrio-Vina.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"576\" src=\"https:\/\/sarandidigital.com\/uy\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Asi-luce-hoy-el-predio-de-Barrio-Vina-1024x576.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-647\" srcset=\"https:\/\/sarandidigital.com\/uy\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Asi-luce-hoy-el-predio-de-Barrio-Vina-1024x576.jpg 1024w, https:\/\/sarandidigital.com\/uy\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Asi-luce-hoy-el-predio-de-Barrio-Vina-300x169.jpg 300w, https:\/\/sarandidigital.com\/uy\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Asi-luce-hoy-el-predio-de-Barrio-Vina-768x432.jpg 768w, https:\/\/sarandidigital.com\/uy\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Asi-luce-hoy-el-predio-de-Barrio-Vina-1536x864.jpg 1536w, https:\/\/sarandidigital.com\/uy\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Asi-luce-hoy-el-predio-de-Barrio-Vina.jpg 1920w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/a><\/figure>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Todos tenemos claro, a partir de aquella canci\u00f3n que entonaban Los Olimare\u00f1os en homenaje al viejo barrio Sur de Montevideo, una frase acu\u00f1ada en m\u00fasica: \u2018la piqueta fatal del progreso\u2019. En pocas palabras hac\u00eda menci\u00f3n al deterioro que conlleva el futuro, fuera de la \u00edndole que fuere. Para construir un nuevo barrio Sur se tiraba abajo el mediomundo, y pese a las protestas y al entendido que se arrasaba con un enclave considerado patrimonio cultural de los negros de entonces, se derru\u00eda el edificio. Desde ese cruce de caminos \u2013antes y despu\u00e9s- cada construcci\u00f3n trae consigo la destrucci\u00f3n. Algo se construye, algo se destruye.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sarand\u00ed Grande no es ajeno a ello. Para construir la nueva Avenida Artigas qued\u00f3 en el recuerdo y en alguna foto, el boulevard. Para que la iluminaci\u00f3n Led se instale en nuestras calles, quedar\u00e1n por el camino las farolas. En el Parque Tom\u00e1s Berreta se ha instalado una disyuntiva similar, conjugando el deporte infantil y el ambiente. Para construir el nuevo escenario de f\u00fatbol infantil del Club Social y Deportivo Barrio Vi\u00f1a, se han tirado abajo decenas de \u00e1rboles. Seguramente a partir de la simpat\u00eda de los colores del club, muchos sarandienses podr\u00e1n tener atenuada su opini\u00f3n sobre el impacto ambiental de este nuevo enclave deportivo. Otros no tanto. Sin embargo, unos y otros, han formulado sus inquietudes al respecto. De esa inquietud surgen preguntas: \u00bfQui\u00e9n autoriz\u00f3 la tala de tantos \u00e1rboles? \u00bfNo exist\u00eda otro lugar en el predio del Parque Tom\u00e1s Berreta para construir este escenario deportivo? \u00bfEs legal tirar abajo tantos \u00e1rboles de un espacio p\u00fablico?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>Un comodato<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Comencemos por el principio. El predio donde se va a erigir el nuevo estadio de baby f\u00fatbol de Sarand\u00ed Grande pertenece al Parque Tom\u00e1s Berreta, precisamente el lugar donde tambi\u00e9n se levanta el Complejo \u20183 de Junio\u2019 del Club Barrio Vi\u00f1a, contiguo al CAIF \u2018Mi Casita del Parque\u2019 y a la sede del Club de Leones. A diferencia del primer escenario, no se tiraron tantos \u00e1rboles para levantar estos edificios. El comodato del predio en el Parque Tom\u00e1s Berreta de Sarand\u00ed Grande a favor del Club Deportivo y Social Barrio Vi\u00f1a fue prorrogado hasta marzo de 2033 por la <a href=\"https:\/\/www.gub.uy\/intendencia-florida\/comunicacion\/noticias\/resolucion-jdf-2926\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Intendencia de Florida<\/a>. En todo momento debemos tener presente que el Parque Tom\u00e1s Berreta pertenece al Ministerio de Ganader\u00eda, Agricultura y Pesca (MGAP). La administraci\u00f3n general del predio est\u00e1 a cargo de la Intendencia de Florida mediante un comodato hist\u00f3rico. Dentro del parque, se destin\u00f3 una fracci\u00f3n espec\u00edfica \u2013el padr\u00f3n N\u00ba 1664- al Club Barrio Vi\u00f1a. El objetivo inicial fue desarrollar un complejo deportivo con cancha de f\u00fatbol, vestuarios y tribunas para ni\u00f1os y adultos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Del nivel adulto ya estamos en presencia desde hace varios a\u00f1os, all\u00ed donde la instituci\u00f3n albinegra juega como local en la Liga de F\u00fatbol de Florida. En esta l\u00ednea, en el presente a\u00f1o la Junta Departamental aprob\u00f3 la extensi\u00f3n de este comodato espec\u00edfico para el club hasta el 27 de marzo de 2033, permitiendo dar continuidad a las obras y actividades sociales. Abrevando all\u00ed, surge la Resoluci\u00f3n de la Junta Departamental de Florida N\u00ba 29\/26, con fecha 19 de agosto del corriente a\u00f1o. Fue hace pocos d\u00edas cuando mediante el expediente N\u00ba 01955\/20 se traz\u00f3 la solicitud de anuencia de la Intendencia para cesi\u00f3n de comodato sobre padr\u00f3n N\u00ba 1664 a favor del Club Deportivo y Social Barrio Vi\u00f1a de Sarand\u00ed Grande. Los 31 ediles presentes en sala, por unanimidad, aprobaron la siguiente resoluci\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>Visto: La solicitud del Club Deportivo y Social Barrio Vi\u00f1a, tendiente a la unificaci\u00f3n y adecuaci\u00f3n del r\u00e9gimen de cesi\u00f3n en comodato sobre las \u00e1reas que integran el Complejo \u20183 de Junio\u2019 en el Parque Tom\u00e1s Berreta de la ciudad de Sarand\u00ed Grande.\u00a0<br>Considerando:\u00a01) Que con fecha 30 de setiembre de 2019, la Intendencia de Florida y el mencionado club suscribieron contrato de comodato respecto de parte del padr\u00f3n N\u00b0 1664 de la localidad catastral Sarand\u00ed Grande, asiento del Parque Tom\u00e1s Berreta, com\u00fan destino al desarrollo del proyecto de complejo deportivo de la Instituci\u00f3n.<br>2) Que dicho comodato comprende el \u00e1rea donde actualmente se encuentra emplazada la cancha principal e infraestructura deportiva asociada, habi\u00e9ndose otorgado por un plazo de 10 a\u00f1os a contar desde su suscripci\u00f3n.<br>3) Que, en el marco del crecimiento institucional y de la necesidad de centralizar y ampliar las actividades deportivas y formativas, se promovi\u00f3 una nueva cesi\u00f3n respecto del \u00e1rea contigua ubicada sobre calle Ciro Jamandreu.<br>4) Que, en tal sentido, con fecha 9 de mayo de 2022 se suscribi\u00f3 un nuevo contrato de comodato entre esta Intendencia y la Instituci\u00f3n, respecto de un \u00e1rea de 8.610 metros cuadrados del mismo padr\u00f3n N\u00ba 1664, otorg\u00e1ndose dicha cesi\u00f3n hasta el d\u00eda 30 de setiembre de 2029.<br>5) Que actualmente ambas \u00e1reas funcionan en los hechos como un \u00fanico complejo deportivo integrado, destinado al desarrollo de actividades deportivas, sociales y comunitarias de la Instituci\u00f3n.<br>6) Que la Instituci\u00f3n se encuentra actualmente proyectando el inicio de una nueva etapa de desarrollo del Complejo Deportivo \u20183 de junio\u2019.<br>7) Que el Club entiende necesario promover una adecuaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n del r\u00e9gimen jur\u00eddico de tenencia de las \u00e1reas que integran el complejo Deportivo Barrio Vi\u00f1a.<br>8) Que el v\u00ednculo existente entre el Ministerio de Ganader\u00eda, Agricultura y Pesca y la Intendencia de Florida respecto del padr\u00f3n N\u00b0 1664 tendr\u00eda vigencia hasta el 27 de marzo de 2033.<br>9) Que es de inter\u00e9s del Ejecutivo acceder a la solicitud de cesi\u00f3n hasta dicha fecha, m\u00e1xime por la naturaleza jur\u00eddica del beneficiario y las obras que en el mismo se pretenden realizar.\u00a0<br>10) Que este cuerpo legislativo estima oportuno otorgar la anuencia solicitada por el Ejecutivo Departamental.<br>Atento a lo dispuesto en el art\u00edculo 35\u00b0, numeral 10, de la Ley 9515, la Junta Departamental de Florida resuelve:<br>\u00a0<br>1\u00b0. Autor\u00edzase a la Intendencia de Florida la cesi\u00f3n en comodato a favor del Club Deportivo y Social Barrio Vi\u00f1a del padr\u00f3n N\u00ba 1664, manzana 151, de la ciudad de Sarand\u00ed Grande, hasta el 27 de marzo de 2033.<br><br><\/em>Ello surgi\u00f3 desde la sala de sesiones \u2018Gral. Jos\u00e9 Gervasio Artigas\u2019 de la Junta Departamental, en Florida, el 6 de agosto, apenas horas despu\u00e9s que asumi\u00f3 como presidente el sarandiense Cayetano Stopingi Prado. Luego de esta firma del ex alcalde de Sarand\u00ed Grande surgi\u00f3 la aprobaci\u00f3n del gobierno departamental, con fecha 11 de agosto. Apenas hab\u00edan transcurrido 5 d\u00edas cuando Enciso firm\u00f3 la resoluci\u00f3n, cediendo en comodato sobre el padr\u00f3n N\u00b0 1664 a favor del Club Deportivo y Social Barrio Vi\u00f1a de Sarand\u00ed Grande.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><em>Todo legal<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Un simple vistazo a la zona, donde ya no queda registro alguno de los eucaliptus que all\u00ed convivieron durante d\u00e9cadas como parte del ornato p\u00fablico, nos invita a pensar en futuro. Sobre el amplio terreno que comienza a nivelarse se levantar\u00e1 un escenario para la pr\u00e1ctica del f\u00fatbol infantil. All\u00ed tambi\u00e9n el club milita en la Liga de F\u00fatbol Infantil de Florida.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cSe talaron m\u00e1s de 70 \u00e1rboles\u201d, nos dice un lector, asiduo visitante del paseo forestal. \u201cEso dif\u00edcilmente se recupere, adem\u00e1s no vemos que se renueven las especies\u201d, argumenta. Fue el 31 de mayo del a\u00f1o 1978 cuando se hizo p\u00fablico el convenio para la administraci\u00f3n del Parque Tom\u00e1s Berreta por parte de la Intendencia de Florida. En el Registro Nacional de Leyes y Decretos al cual tuvo acceso este medio, debemos ir al Tomo 1, p\u00e1gina 1039.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">All\u00ed se puede leer:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>Visto: estos antecedentes relacionados con las gestiones intercambiadas entre el Ministerio de Agricultura y Pesca y la Intendencia Municipal de Florida, a los efectos de transferir el predio en que se encuentra ubicado el Parque Tom\u00e1s Berreta de la ciudad de Sarand\u00ed Grande.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>Resultando: I) Por el art\u00edculo 224\u00ba de la ley 14.106, de 14 de marzo de<\/em> <em>1973, se faculta al Poder Ejecutivo para convenir, con las Intendencias<\/em> <em>Municipales, la administraci\u00f3n e incluso el traspaso de los parques p\u00fablicos ubicados en sus respectivas jurisdicciones que actualmente<\/em> <em>pertenecen al Ministerio de Agricultura y pesca y no incluidos en el Plan<\/em> <em>Forestal Nacional;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>II) El Parque Tom\u00e1s Berreta de la ciudad de Sarand\u00ed Grande, departamento<\/em> <em>de Florida, se encuentra en la situaci\u00f3n referida en el art\u00edculo<\/em> <em>precedentemente enunciado.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>Considerando: conveniente, de acuerdo con lo expuesto proveer en la forma<\/em> <em>que se gestiona, ya que por ese medio, cabe esperar se logre una mejor<\/em> <em>utilizaci\u00f3n de un bien que est\u00e1 destinado al servicio de la poblaci\u00f3n de<\/em> <em>la localidad en que est\u00e1 ubicado.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>Atento: a lo informado por la Direcci\u00f3n de Asesoramiento Legal del<\/em> <em>Ministerio de Agricultura y Pesca, y la Direcci\u00f3n Forestal, Parques y<\/em> <em>Fauna y a lo dispuesto por el art\u00edculo 224\u00ba de la ley 14.106, de 14 de<\/em> <em>marzo de 1973, el Presidente de la Rep\u00fablica decreta:<\/em> <em>Art\u00edculo 1:<\/em> <em>Com\u00e9tase -por v\u00eda de comodato- a la Intendencia Municipal de Florida, la administraci\u00f3n del Parque Tom\u00e1s Berreta, de la ciudad de Sarand\u00ed Grande.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em><br><\/em>El lector poco avezado en normas al respecto podr\u00e1 decir que no se pueden cortar \u00e1rboles de un predio p\u00fablico. Y tendr\u00e1 raz\u00f3n en toda su extensi\u00f3n. No se pueden cortar \u00e1rboles de un parque entregado en comodato salvo que exista una autorizaci\u00f3n expresa y por escrito del organismo propietario (como una Intendencia o municipio) y los permisos ambientales correspondientes. Es precisamente el caso que nos ocupa, a favor de Barrio Vi\u00f1a. En las reglas del comodato y el entorno p\u00fablico se menciona un cap\u00edtulo denominado \u2018Pr\u00e9stamo de uso\u2019, indic\u00e1ndose all\u00ed que el contrato de comodato da derecho a usar un bien de forma gratuita, pero no transfiere la propiedad ni otorga facultades de disposici\u00f3n o destrucci\u00f3n sobre el patrimonio p\u00fablico o natural del lugar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por lo general, los contratos proh\u00edben realizar reformas, obras o alteraciones en el predio sin el consentimiento previo y por escrito de la autoridad concedente. Ahora bien, cortar o extraer \u00e1rboles en espacios p\u00fablicos o parques protegidos requiere tr\u00e1mites formales de evaluaci\u00f3n ambiental y visto bueno de las oficinas de \u00e1reas verdes o direcciones forestales departamentales o nacionales. El da\u00f1o inconsulto a los \u00e1rboles puede constituir un incumplimiento grave del contrato de comodato y derivar en sanciones o demandas por da\u00f1os y perjuicios. Claramente la autorizaci\u00f3n expresa de la IDF y la Junta Departamental con la unanimidad de sus 31 ediles obra a favor de la instituci\u00f3n sarandiense. Sin embargo surge la pregunta que traslada el lector: \u00bfSe realiz\u00f3 alg\u00fan estudio ambiental al respecto? \u00bfLa tala de tantos \u00e1rboles fue avalada por una autoridad competente en ambiente?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con base en el decreto departamental N\u00b0 23\/1997 de Florida, se regula detalladamente el cuidado, preservaci\u00f3n y forestaci\u00f3n del ornato p\u00fablico y los espacios p\u00fablicos urbanos de todo el departamento. Esta normativa proh\u00edbe expl\u00edcitamente cualquier tala, extracci\u00f3n o poda severa del arbolado p\u00fablico que no cuente con la supervisi\u00f3n y habilitaci\u00f3n expresa del gobierno local. Entra all\u00ed a tallar la jurisdicci\u00f3n compartida entre Municipio e Intendencia, requiriendo entonces una doble l\u00ednea de aprobaci\u00f3n. El gobierno local a cargo de Maximiliano Ripoll como alcalde y equipo de concejales del Partido Nacional y Frente Amplio es el encargado directo de la gesti\u00f3n territorial cotidiana de sus plazas y parques (como el caso del Parque Tom\u00e1s Berreta). La Direcci\u00f3n de Espacios P\u00fablicos de la Intendencia de Florida es la autoridad t\u00e9cnica departamental que eval\u00faa los planes de arbolado, riesgos fitosanitarios (\u00e1rboles secos o con peligro de derrumbe) y emite los permisos correspondientes. De acuerdo a la reglamentaci\u00f3n, incluso si los \u00e1rboles limitan el uso del espacio o presentan peligro de ca\u00edda (un caso com\u00fan, por ejemplo, en los entornos de las canchas de f\u00fatbol infantil de la zona), la tala debe ser ejecutada o autorizada formalmente por el Municipio o la Intendencia. Si un comodatario corta \u00e1rboles sin esa autorizaci\u00f3n por escrito, se expone a severas multas econ\u00f3micas por violar las normas ambientales departamentales y a la rescisi\u00f3n inmediata del contrato de comodato por mal uso del bien p\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><a href=\"https:\/\/sarandidigital.com\/uy\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Los-vecinos-entienden-que-la-tala-fue-indiscriminada.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"576\" src=\"https:\/\/sarandidigital.com\/uy\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Los-vecinos-entienden-que-la-tala-fue-indiscriminada-1024x576.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-648\" srcset=\"https:\/\/sarandidigital.com\/uy\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Los-vecinos-entienden-que-la-tala-fue-indiscriminada-1024x576.jpg 1024w, https:\/\/sarandidigital.com\/uy\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Los-vecinos-entienden-que-la-tala-fue-indiscriminada-300x169.jpg 300w, https:\/\/sarandidigital.com\/uy\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Los-vecinos-entienden-que-la-tala-fue-indiscriminada-768x432.jpg 768w, https:\/\/sarandidigital.com\/uy\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Los-vecinos-entienden-que-la-tala-fue-indiscriminada-1536x864.jpg 1536w, https:\/\/sarandidigital.com\/uy\/wp-content\/uploads\/2026\/09\/Los-vecinos-entienden-que-la-tala-fue-indiscriminada.jpg 1920w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/a><\/figure>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Todos tenemos claro, a partir de aquella canci\u00f3n que entonaban Los Olimare\u00f1os en homenaje al viejo barrio Sur de Montevideo, una frase acu\u00f1ada en m\u00fasica: \u2018la piqueta fatal del progreso\u2019. 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